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Declaración de Intereses y Patrimonio

El 2 de septiembre de 2016 entró en vigencia la Ley N° 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de los Conflictos de Intereses, y su reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 2, de 2016, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

La ley introdujo importantes cambios en la regulación existente sobre la materia, ampliando los sujetos obligados a declarar, el contenido de la declaración y la oportunidad en que ésta debe presentarse.

Además, estableció que la Contraloría General de la República está a cargo de fiscalizar la oportunidad, integridad y veracidad del contenido de las declaraciones de intereses y patrimonio de las autoridades, funcionarios públicos y prestadores de servicios a honorarios de los organismos a que alude el Capítulo 1° de su Título II. En general, se trata de funcionarios de los órganos de la Administración del Estado que no sean autónomos. Esta disposición entró en vigencia el viernes 2 de septiembre de 2016.

Las normativas aludidas señalan que la Contraloría General de la República está a cargo de administrar un Sistema de Información, que permite el acceso permanente de los declarantes a un Formulario Electrónico Único, a su contenido, a los campos requeridos y a las declaraciones efectuadas.

La vía para realizar las declaraciones de patrimonio e intereses es electrónica, a través página web de la Contraloría General de la República www.declaracionjurada.cl. Sólo excepcionalmente se recibirán declaraciones en soporte papel en caso de falla técnica del sistema.

En cuanto a las fechas y plazos para dar cumplimiento con este requisito legal son:

 Para aquellos funcionarios que ingresen en sus funciones deberán presentar su primera declaración dentro de los 30 días siguientes de la fecha de asumido el cargo.

Para aquellos funcionarios a quienes corresponde presentar su declaración por pertenecer a los niveles de jerarquía indicados, deberán actualizarla durante el mes de Marzo, esto es desde el 01 al 31 de Marzo de cada año, ambas fechas inclusive de una manera impostergable.

Para aquellos funcionarios que cesan en el desempeño de sus funciones dentro de los 30 días posteriores del cese.

Debido a que se deberá notificar a la Contraloría General de la República quienes no cumplieron con esta obligación, se informa que la ley contempla un mecanismo de sanciones.

Para la correcta elaboración de este deber legal, se encuentra disponible para lectura y descarga Guía de Apoyo y documentos relativos a la normativa vigente

Declaración de Intereses y Patrimonio año 2024 

NUEVO Folleto Aviso de Declaración de Intereses y Patrimonio año 2024  Descarga AQUÍ

NUEVO Nomina de funcionarios/as a realizar DIP año 2024 Descarga AQUÍ

NUEVO Res. Ex. Nº 1875, Guía de Apoyo para realizar Declaración de Intereses y Patrimonio Descarga AQUÍ

  • Resolución Exenta N°1875/15.03.2022 del Servicio de Salud Magallanes, aprueba “Guía de Apoyo ¿Cómo realizar mi declaración de Intereses y Patrimonio?” Descargar AQUÍ

  •  Guía sobre la Declaración de Intereses y Patrimonio de la Ley N° 20.880 Descargar AQUÍ

  •  Ley N°20.880 Sobre probidad en la función pública y prevención de conflictos de intereses. Descargar AQUÍ

  •  Reglamento Ley N°20.880 Descargar AQUÍ

    Folleto Aviso de Declaración de Intereses y Patrimonio año 2023 Descargar AQUÍ